Porque estarás protegido ante grandes eventualidades que no se producen con frecuencia pero pueden ocasionar un daño importante en la vivienda, como por ejemplo un incendio. El seguro de hogar te garantiza el pago de los daños para que puedas reconstruir tu vivienda y reponer tus cosas.
Porque tendrás cobertura frente a la mayoría de imprevistos del hogar que se producen con mayor frecuencia pero los daños son más leves, como la rotura de una tubería. Pueden producir daños no solo en tu vivienda sino también en la de tus vecinos, siendo tuya la responsabilidad civil.
Porque te permitirá mantener tu vivienda siempre en buen estado y evitar cualquier pérdida derivada de un imprevisto, como por ejemplo la restauración estética tras un escape de agua o la pérdida de alimentos en el frigorífico por una anomalía en el suministro de electricidad, etc.
Porque contarás con protección jurídica cuando sea necesario (reclamación de daños, etc.).
Porque es la solución más sencilla, práctica y económica.
Seguro no obligatorio pero altamente recomendable
A diferencia de lo que ocurre con otros seguros, como, por ejemplo, el de coche, la contratación del seguro de hogar no es obligatoria, pero sí altamente recomendable, ya que los siniestros que pudieran ocasionarse en nuestra vivienda podrían tener caras consecuencias. Si no lo tenemos contratado, tendrá que ser nuestro propio bolsillo el que soporte los gastos derivados.
Seguro de hogar para propietarios, inquilinos o propietarios de una vivienda alquilada
Las coberturas del seguro de hogar serán diferentes en función del interés en el actúa el asegurado respecto a la vivienda asegurada, es decir las necesidades de protección son diferentes si eres propietario de una vivienda en la que habitas, inquilino de una vivienda alquilada o propietario de una vivienda cedida en alquiler.
Si las coberturas básicas para un propietario son: daños del continente (techos, suelos, instalaciones, ventanas, etc.), daños del contenido (muebles, electrodomésticos, enseres personales, etc.) y responsabilidad civil (RC).
Para un propietario de una vivienda alquilada su prioridad debe proteger el continente de la vivienda y, por lo tanto, este seguro correrá por cuenta de él. Si desea resguardar de posibles daños todos aquellos objetos de su propiedad que están dentro de la vivienda que ha alquilado, en caso de que así fuera, puede contratar también un seguro de hogar por el contenido. Lo mismo ocurre con la responsabilidad civil, una garantía que se hace de vital y de ‘obligatoria’ importancia ante posibles daños a terceros.
Por su parte, es muy aconsejable que el inquilino asegure el contenido de su propiedad (ropa, libros, ordenador, muebles, etc.), así como su propia responsabilidad civil: los daños que, aunque accidentalmente, produzca en los bienes de otros. Un incendio provocado por un aparato eléctrico o un grifo mal cerrado pueden producir graves daños en la propia vivienda o en viviendas vecinas. Al ser siniestros originados por el inquilino, la póliza del propietario no los cubrirá y, si el inquilino no contrata un seguro de responsabilidad civil, cualquier indemnización que efectúe la aseguradora del propietario le será reclamada con posterioridad.