Novedades en la renta 2016/2017: Cómo tributa la devolución de las cláusulas suelo

Se inicia el período de la declaración de la renta 2016/2017, en la que destacamos las novedades respecto a las cláusulas suelo que afectan al cálculo de este impuesto.
declaracion renta 2016En concreto, la Agencia Tributaria ha informado de lo publicado en el Real Decreto-Ley 1/2017, de 20 de enero, con medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo, y la finalidad de  “regular los efectos fiscales derivados de la devolución, por parte de las entidades financieras, de los intereses previamente satisfechos por los contribuyentes como consecuencia de las cláusulas de limitación de tipos de interés de préstamos concertados con aquellas, tanto si la devolución de tales cantidades deriva de un acuerdo celebrado entre las partes como si es consecuencia de una sentencia judicial o de un laudo arbitral”.

A este respecto, Hacienda señala que “no procede incluir en la declaración del IRPF ni las cantidades percibidas como consecuencia de la devolución de los intereses pagados ni los intereses indemnizatorios reconocidos,  por aplicación de cláusulas suelo de interés”.

Casos supuestos a regularización

La Agencia Tributaria establece excepciones en las que los intereses devueltos deben de figurar en la declaración  de renta: “Cuando el contribuyente hubiera aplicado en su momento la deducción por inversión en vivienda habitual o de deducciones autonómicas por las cantidades percibidas”  

Hacienda puntualiza que:  ”En este caso, deberá incluir los importes deducidos en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio en que se hubiera producido la sentencia, el laudo arbitral o el acuerdo con la entidad, en los términos previstos en el artículo 59 del Reglamento del IRPF, pero sin inclusión de intereses de demora.”

Casos en los que no aplica la regularización

En caso de que las cantidades devueltas por la entidad financiera, tras el acuerdo con sus clientes, en lugar de liquidar las cantidades pagadas se reduce importe principal del préstamo, no habrá que regularizar las deducciones practicadas anteriormente correspondientes a esos importes.  A tener en cuenta que  la reducción del principal del préstamo tampoco generará derecho a aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual.

Otra cuestión regulada por la norma son los ejercicios a los que afectan estas regularizaciones, tanto de las deducciones de vivienda o autonómicas como de los gastos deducibles. En este sentido se establece que solo será de aplicación a los ejercicios respecto de los cuales no hubiera prescrito el derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria.